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SON 5 LOS PROYECTOS DE EUTANASIA INGRESADOS AL CONGRESO
  
Miercoles, 21/09/2022
No es desconocido que los objetivos de los enemigos de la dignidad, del cuidado, de la contención, de la salud y sobre todo de la Argentina, no concluían con la imposición de la inconstitucional ley de aborto, sino que irían por la eliminación de los ancianos y enfermos.

Un proyecto ingresado a mediados de Septiembre en la Cámara de Diputados de la Nación busca regular el "derecho a acceder a la muerte voluntaria médicamente asistida" y se suma a los expedientes que estudia la comisión de Salud.

La iniciativa (expediente Nº 4855-D-2022) es de la autoría de Mara Brawer y está cofirmada por Daniel Gollán, Pablo Carro, Hugo Yasky, Claudia Ormachea, Carolina Gaillard, María Rosa Martínez, Susana Landriscini, Itaí Hagman y Lisandro Bormioli.

Como todos los proyectos de eutanasia se funda en una pretendida autonomía de la voluntad.

El proyecto busca que se garantice la muerte de las personas mayores de 18 años que "a causa de una enfermedad grave e incurable, de una lesión, o de un padecimiento crónico grave, progresivo e imposibilitante, estén sufriendo intensos dolores o padecimientos psíquicos, o una condición de gran dependencia y disminución de su integridad, que a juicio de la persona resulten indignos o intolerables". Es decir, las condiciones para la eutanasia terminarían siendo subjetivas y dependendiendo de la percepción que tenga el paciente de su sufrimiento.

En caso de incapacidad para consentir o expresar el consentimiento, sólo se podría sacrificar al paciente que hubiera suscripto directivas anticipadas.

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En lo referido a la objeción de conciencia sucedería algo similar al aborto: el profesional médico que no esté dispuesto a matar a su paciente, estará obligado a derivarlo "sin dilaciones". Lo mismo sucederá con el centro de salud que no cuente con personal que practique la eutanasia. Los médicos deberán ser funcionales a lo que rechazan bajo amenaza de sanciones disciplinarias, administrativas, penales y/o civiles.

Los objetores de conciencia "se abstendrán de emitir algún juicio valorativo de carácter religioso, ideológico o personal" y de intentar persuadir al paciente "con cualquier doctrina religiosa, ideológica o estrictamente personal" tratando de evitar la eutanasia.

La ley sería de orden público, con "aplicación obligatoria en todo territorio de la República Argentina", cosa que no pasa con la Ley 27.678, de Cuidados paliativos (publicada en el Boletín Oficial hace un par de meses y aún sin reglamentar) que le deja a las provincias la posibilidad de adherir o no.

LOS OTROS PROYECTOS EN ESTUDIO

Argentina se convirtió en una fábrica de falsos derechos. Cuando no se reconoce el orden moral natural, el orden jurídico y social se derrumban.

La comisión de Salud de la Cámara de Diputados estudia cuatro expedientes sobre eutanasia:

Expte. 4597-D-2021
Regularía "el derecho de toda persona a solicitar y recibir la ayuda necesaria para morir"
Está firmado por los radicales: Alfredo Cornejo (Mendoza), Jimena Latorre (Mendoza), Alejandro Cacace (San Luis), Facundo Suárez Lastra (Ciudad de Buenos Aires), Juan Martín (Santa Fe), Ximena García (Santa Fe), Fabio Quetglas (Buenos Aires), Albor Cantard (Santa Fe), Gabriela Lena (Entre Ríos), Brenda Austin (Córdoba), Gonzalo Del Cerro (Santa Fe), Claudia Najul (Mendoza), Luis Petri (Mendoza), Jorge Vara (Corrientes), Karina Banfi (Buenos Aires) y Julieta Marcolli (Catamarca).

Expte. 4734-D-2021
Regularía "el derecho de toda persona que cumpla con los requisitos exigidos a solicitar y recibir la ayuda necesaria para morir dignamente".
La autora es Gabriela Estévez y está cofirmado por Mara Brawer (Frente de Todos, Buenos Aires), Carla Carrizo (UCR, Ciudad de Buenos Aires), Carolina Gaillard (Frente de Todos, Entre Ríos), Mónica Macha (Frente de Todos, Buenos Aires), Cecilia Moreau (Frente de Todos, Buenos Aires), Florencia Lampreabe (Frente de Todos, Buenos Aires) y Jimena López (Frente de Todos, Buenos Aires).

Expte. 3956-D-2022
Regularía "el derecho que corresponde a toda persona que cumpla las condiciones exigidas, a solicitar la interrupción de su vida".
Fue presentado por Julio Cobos (UCR, Mendoza) y está cofirmado por Pamela Verasay (UCR, Mendoza).

Expte. 4092-D-2022
Regularía "el derecho de toda persona que cumpla con los requisitos exigidos a solicitar y recibir la ayuda necesaria para morir dignamente".
Autoría de Carolina Moisés (Frente de Todos, Jujuy).

Recordamos finamente que "nada ni nadie puede autorizar la muerte de un ser humano inocente, sea feto o embrión, niño o adulto, anciano, enfermo incurable o agonizante. Nadie además puede pedir este gesto homicida para sí mismo o para otros confiados a su responsabilidad ni puede consentirlo explícita o implícitamente. Ninguna autoridad puede legítimamente imponerlo ni permitirlo. Se trata en efecto de una violación de la ley divina, de una ofensa a la dignidad de la persona humana, de un crimen contra la vida, de un atentado contra la humanidad". (Declaración Iura et bona. CDF, 5/05/1980).

[Fuente: Notivida]











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